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Restauración

Coparmex Nacional incorpora, por conducto de la Persona Enlace, las medidas restaurativas como acciones de cambio mediante valores, principios y prácticas que promueven el respeto y la responsabilidad entre las personas que integran la Coparmex Nacional y están orientadas a:

  • Reparar el daño, restituir el goce de los derechos laborales y garantizar la no repetición de conductas prohibidas;
  • Responder razonablemente a los actos realizados, inclusive a aquellos de violencia externa, con base en las necesidades de la persona afectada;
  • Sensibilizar a la persona responsable en materia de la conducta que cometió, a fin de que conozca la repercusión que su actuación tuvo o puede llegar a tener en el ámbito personal, profesional y/o laboral de la persona afectada, y
  • Corregir prácticas institucionales inadecuadas a fin de contribuir en la prevención de la violencia y acoso en el trabajo en Coparmex Nacional.

En ese contexto, las acciones restaurativas involucran:

  • A las personas afectadas y a quienes son cercanas a ellas, incluyendo personas colaboradoras en el trabajo y familiares;
  • A las personas responsables de causar el daño y a quienes forman vínculos laborales, profesionales, personales o familiares con ellas, y
  • A quienes integran el ambiente laboral o profesional, ya que directa o indirectamente también son afectadas por la hostilidad que puede generarse con motivo de los conflictos de violencia o discriminación.  

6.1 Medidas restaurativas para las personas afectada y responsable

De igual forma, como parte de su compromiso con la prevalencia de un ambiente organizacional sano y respetuoso, Coparmex Nacional promueve como medidas restaurativas aplicables a la persona responsable cualquiera de estas alternativas:

  • Una disculpa de manera verbal o por escrito a la persona afectada con el compromiso de brindarle un trato respetuoso sin incurrir de nueva cuenta en acciones que lesionen su dignidad e integridad. En cualquier caso, se deberá contar con el consentimiento de la persona afectada para escuchar la disculpa delante de una persona integrante del Comité de Honor y Justicia o bien para que esta última de lectura al escrito.
  • Una disculpa pública a la comunidad Coparmex Nacional, ante quien el Consejo Externo indique, previo conocimiento de la persona afectada, quien podrá o no estar presente al momento de la disculpa.
  • El compromiso escrito de restituir las cosas al estado en que se encontraban antes de la comisión de la falta, solo de ser posible o de compensar económicamente el daño patrimonial causado.
  • Cualquier otra que favorezca el restablecimiento de la dignidad y/o integridad de la persona afectada.

6.2 Incumplimiento de medidas restaurativas

En caso de que la persona responsable se niegue a cumplir o no cumpla con la medida restaurativa determinada por Coparmex Nacional, se le podrá aplicar una consecuencia por la falta de cumplimiento.

6.3 Medidas restaurativas al ambiente post incidente

  • Evaluaciones periódicas de las medidas aplicadas como consecuencia de incidentes y sus resultados, con el fin de identificar las prácticas culturales sistémicas que contribuyen a mantener o fomentar las asimetrías de poder con base en alguna característica o condición individual entre las personas al interior de Coparmex Nacional.
  • Promover espacios de diálogo en los que se analicen y detecten, en su caso, las prácticas laborales, profesionales y de convivencia inadecuadas y sus efectos en las personas que integran la Coparmex, y se definen nuevas estrategias colectivas de seguridad y prevención, entre otras, durante las actividades laborales y profesionales.
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